C., M. B. vs. R., L. A. s. Fijación de renta compensación por uso de vivienda /// CNCiv. Sala H; 18/12/2018
Régimen patrimonial del matrimonio - Régimen de comunidad - Período de indivisión poscomunitaria - Uso exclusivo del inmueble - Canon locativo
El Código Civil y Comercial regula concretamente el derecho al uso y goce de los bienes indivisos durante el período de la indivisión poscomunitaria, estableciéndose que ambos cónyuges gozan del mencionado derecho. De la interpretación armónica de lo establecido en los arts. 484 y 485 se concluye que cuando uno de los esposos usa exclusivamente un bien durante la indivisión, en detrimento del otro, este tiene el derecho de reclamar el pago de un canon locativo, debiéndolo a partir del referido reclamo, ya que el uso anterior se presume consentido hasta la fecha del mismo.
Comentarios
Publicar un comentario