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M., M. E. vs. D., D. s. Fijación de compensación (Arts. 524 y 525, CCCN) /// Juzg. Nac. Civ. N° 92; 14/05/2021

 

Compensación económica - Caducidad de la acción - Improcedencia - Pandemia COVID19 - Perspectiva de género - Situación de vulnerabilidad - Reglas de Brasilia

En el marco de un proceso en el que la ex conviviente reclama una compensación económica, se desestima la caducidad de la acción opuesta por el demandado por el transcurso del plazo de seis meses establecido en la última parte del art. 525, Código Civil y Comercial, desde que acaeciera la separación de la pareja, hecho que cada una de las partes ubica con 10 días de diferencia. En efecto, el planteo del accionado resulta inconducente ya que aun cuando la relación hubiera finalizado el 10 de diciembre de 2019, no habría operado la caducidad del derecho, si se observa que la demanda fue interpuesta el 10 de junio de 2020, en el marco de la feria extraordinaria decretada por la CSJN en razón del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional a raíz del COVID-19, siendo irrazonable que se exija a la parte actora la acreditación de las dificultades de recurrir a mediación previa en plena pandemia. Por otro lado, debe analizarse el caso desde la perspectiva de género, la que acentúa el deber de magistrados y magistradas de examinar con flexibilidad el plazo de caducidad impuesto por la ley, ya que lo contrario podría llevar a la irremediable y gravosa conclusión de toda posibilidad de debatir el derecho a percibir una compensación económica, situación aún más complicada cuando se trata de una unión convivencial, resultando el plazo legal notablemente exiguo y en el que la fecha de finalización de la convivencia no siempre puede determinarse con certeza. Por último, y siguiendo esa perspectiva, se tiene presente que el acceso a justicia requiere de la superación de los obstáculos sustanciales y formales que bloqueen la efectividad del derecho a la jurisdicción, conforme lo prevé el art. 706, Código Civil y Comercial, y las Cien Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad.

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