S., H. L. vs. S., S. M. s. Liquidación de sociedad conyugal /// Juzg. Nac. Civ. Nº 86, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 11/11/2015
Recompensas entre cónyuges - Carga de la prueba - Enriquecimiento sin causa
El actor tiene derecho a recompensa al estar acreditado que durante la vigencia de la comunidad recibió una suma de dinero por la venta de un inmueble propio y que se efectuaron gastos de mejoramiento en los dos inmuebles propios de la demandada, debiendo a los fines de su fijación acudirse al art. 493, Código Civil y Comercial, que determina que el monto de la recompensa sera igual al menor de los valores que representa la erogación y el provecho subsistente para el cónyuge o para la comunidad. (Sentencia no firme.)
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