G. S. J. vs. D. V. A. s. Incidente de alimentos /// CCC Sala III, Mar del Plata, Buenos Aires; 03/08/2021
Alimentos - Incidente de aumento de cuota alimentaria - Inflación - Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores (RIPTE) - Posibilidades económicas del alimentante - Índice de precios al consumidor
Sobre los mecanismos de ajuste de cuotas alimentarias se debe utilizar el índice RIPTE, que refleja la variabilidad mensual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables publicada por la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en su sitio web El uso del índice señalado no solo pretende mantener el valor económico del crédito alimentario -tal como ocurre con los créditos laborales- sino que responde a un motivo complementario: al contemplar las remuneraciones promedio de los trabajadores del sector privado, se internaliza uno de los parámetros previstos en el art. 659, Código Civil y Comercial (las posibilidades económicas del alimentante). Si bien perfectible, hay allí un modo de aprehender la situación económica y los ingresos periódicos del deudor alimentario. Sin embargo, el caso tiene notas sumamente excepcionales que justifican una solución diversa. En efecto, el demandado posee una muy holgada situación económica que permite hacer frente sin inconvenientes a las necesidades pasadas y a las mayores necesidades que tenía y tuvo su hijo hasta desde mayo de 2016 hasta adquirir los 21 años en marzo de 2020. No parece necesario entonces, en este caso particular, acudir a un índice que de algún modo contemple esas posibilidades económicas del deudor. Esas posibilidades del alimentante están aquí fuera de discusión en cuanto a su existencia y extensión, debiéndose hacer foco exclusivo en las mayores necesidades del hijo (que son enteramente razonables y no se aprecia ninguna exorbitancia en cuanto a las prestaciones que requiere). De allí que corresponde determinar el índice de aumento de la cuota en cuestión según la evolución del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
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