Medida cautelar. Alimentos preventivos y precautorios en el marco de juicio de reclamación de filiación.
Señor Juez: .................., D.N.I. ......., con
el patrocinio de la Doctora ............, ratificando el domicilio constituido en estos autos caratulados:
"...................., .......... C/ ......................... - ACCIONES
DE FILIACIÓN - CONTENCIOSO (EXPED. Nº ..............)" ante S.S.
comparezco respetuosamente y digo:1) Que encontrándose el trámite de la causa
en plena etapa de prueba se ha incorporado en autos el examen de ADN pertinente a fs. 53/58, arrojando el mismo un resultado positivo en
orden a que el Señor ............................ es el padre biológico de nuestra hija ........2)
Que si bien se encuentra aún en trámite la acción de filiación incoada por la
compareciente en nombre y representación de la menor .....................,
contra el Sr. ................................., se torna necesaria la fijación
de una cuota alimentaria provisoria como "medida cautelar" para
atender las necesidades básicas y elementales de la menor de edad, atento a que
se encuentran acreditados los requisitos exigidos para que la misma se torne
viable, a saber: "verosimilitud del derecho y peligro en la demora".
3) Con relación al requisito de la verosimilitud del derecho, si bien
constituye el elemento crítico a fin de evaluar la procedencia o no de la fijación de una cuota alimentaria a cargo del
padre alegado durante el juicio de filiación, en autos ha quedado demostrado con el resultado del Estudio de
ADN el cual obra en autos a fs. 53/58, que la probabilidad de paternidad del Sr. ....................... es
del 99.9999%, con respecto a la niña ............................. En tal sentido la jurisprudencia se ha expedido
al expresar que: "Dado el carácter impostergable de las necesidades que
los alimentos atienden, cabe otorgar alimentos con carácter provisional, a
quien, a falta de reconocimiento voluntario por parte del progenitor, ha demandado a éste por la
reclamación de filiación y el vínculo de filiación invocado surge prima facie verosimil" (C1ª Civ. y
Com. La Plata, sala 1, 12/11/1996, "G., M. del C. c. I., E. A. s/Alimentos
provisorios"); "...Debe admitirse la demanda de alimentos provisionales
para la titulada hija del demandado cuando el derecho invocado fuera verosímil,
sin que pueda supeditarse dicho reclamo al dictado de la sentencia en el proceso
de filiación" (CNCiv., sala E, 13/6/1983, "V.,L. H. c. B.,F.",
LA LEY, 1984-A, 463; ED, 105-240); "La satisfacción de la asistencia
alimentaria, por su carácter actual e impostergable, exige del juez una
solución inmediata que no puede ser diferida hasta la íntegra tramitación del
juicio de filiación, cuando se cuenta con los elementos que respaldan la
verosimilitud del derecho en el que se basa la pretensión" (CNCiv., sala
A, 27/10/1988, ED, 133-783). Asimismo, la doctrina en la materia reconoce un derecho
alimentario de naturaleza preventiva en estos niños (que tienen una negación de
todos sus derechos por parte de quienes los han gestado), que aunque no
tenga la extensión que corresponde al hijo reconocido, tienda a cubrir mientras
dure el juicio de filiación las
necesidades ineludibles de subsistencia, cuando existan en autos elementos que
prima facie demuestren la
verosimilitud del derecho invocado. De más está decir que la medida tutelar, de
verse frustrada, vulneraría el interés de la menor, privilegiando la conducta
abandónica del progenitor, recayendo la obligación de la satisfacción de las
necesidades de la niña, absolutamente en la progenitora, asumiendo en soledad
dicha obligación.
Asimismo, el superior interés de ........... exige del operador jurídico un
tratamiento procesal
expeditivo, a los fines de que las necesidades básicas de la menor de edad no
se sigan postergando y que el
progenitor asuma con responsabilidad los derechos que devienen de la
responsabilidad parental
Teniendo en cuenta tales consideraciones, y que en autos ha quedado demostrada
con el resultado del estudio de ADN la paternidad alegada, es que aparece prima
facie verosímil el derecho invocado, por lo que resulta procedente la fijación
de una cuota alimentaria provisional para quien se considera hija, sin que deba
supeditarse el resultado inmediato de la demanda al proceso ordinario de
filiación. 4) En cuanto al requisito del peligro en la demora, cabe señalar que
el fundamento de los alimentos provisorios que se reclaman reside en que los
mismos deben cubrir las necesidades imprescindibles y urgentes que demanda el
crecimiento de la menor de edad, atento que los alimentos no admiten dilación
en cuanto a su percepción, debiendo estarse siempre a favor de la alimentada,
quien tiene necesidades actuales de alimentación, techo, vestimenta, educación,
asistencia médica, etc. 5) A los fines de acreditar la capacidad contributiva
del Sr. ...................., corre glosado a fs. 63/67 el informe del cual
resulta que el mismo trabaja en relación de dependencia para el Ministerio de
Seguridad de la Provincia de Santa Fe, Policía de la Provincia de Santa Fe,
percibiendo una remuneración mensual aproximada de pesos nueve mil setecientos
($ 9.700). 6) En lo que refiere a las necesidades de la menor ...............,
si bien las mismas no deben ser acreditadas,
cabe remarcar que es una niña de siete años de edad, por lo que surgen
necesidades derivadas de la etapa
educativa, lo que conlleva gastos adicionales, tornándose necesaria la fijación
de una cuota alimentaria que
permita paliar los gastos que demanda diariamente la menor de edad. 7) En
virtud de las consideraciones expuestas precedentemente y como consecuencia
legítima y conexa de la acción de filiación, peticiono a V.S. determine con
carácter de urgente una CUOTA ALIMENTARIA PROVISORIA a favor de la menor de
edad ....................... y a cargo del Sr. ............., la que estimo en
el importe equivalente al veinticinco por ciento (25%) del total de los haberes
que percibe
el demandado, con más la obra social, mediante deposito en una cuenta de Caja
de Ahorros a nombre de la
menor y la orden de la suscripta. 8) PETITUM Por todo lo expuesto, a V.S.
peticiono:
1. Tenga presente lo manifestado; 2. En su mérito, fije con carácter de urgente
una cuota alimentaria provisoria a favor de la menor de edad ............................
y a cargo del Sr. ..........................., con el alcance supra solicitado.
PROVEA DE CONFORMIDAD Y SERÁ JUSTICIA Firma.
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