Es procedente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Asesor de Menores contra la medida de protección -cautelar y provisoria- tomada por la Cámara ordenando mantener la guarda de la menor en manos de los cuidadores a quienes la supuesta madre biológica la entregara directamente, puesto que aquella decisión no respeta el ideario de la Convención sobre los Derechos del Niño -arts. 1, 2, 3, 6.2, 7, 8.2, 9.1, 12, 20, en especial 21 inc. 1 y 24- que requiere para un niño en su condición de N.N. que se cumplimente un procedimiento transparente en que se respete en primer lugar la dignidad de su persona como sujeto de derecho, prestando asistencia y protección apropiada con miras a restablecer su identidad perdida y a cumplimentar el seguimiento del proceso adoptivo legal vigente (arts. 611 del Código Civil y Comercial; 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; Fallos 331:941; ley 26.061; art. 16 de la ley 14.528, Acordada 3607). | |
SCBA LP C 119536 S 21/10/2015 Juez DE LÁZZARI (MI). Carátula: P. ,R. A. s/Inscripción de nacimiento fuera de término |
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