Responsabilidad parental - Vivienda familiar - Interés superior del niño - Acceso a la vivienda digna
Responsabilidad parental - Vivienda familiar - Interés superior del niño - Acceso a la vivienda digna
Se rechaza el recurso de inconstitucionalidad interpuesto y, en consecuencia, se confirma que la orden de lanzamiento peticionada resulta manifiestamente improcedente, dado que si bien los progenitores han pactado de modo provisorio el uso de la vivienda familiar en un departamento que es de titularidad de un tercero, lo cierto es que tal cláusula (según la cual el progenitor se compromete a conseguir que la empresa titular del inmueble otorgue en comodato por el término de un año el inmueble que actualmente habita la madre y sus hijos, obligando a ésta a restituirlo en una fecha determinada), no fue homologada judicialmente por carecer de legitimidad, al establecerse un plazo de desocupación que no quedó establecido entre el propietario y los ocupantes del inmueble, y que su ejecución deja de lado el interés superior de los niños, ya que involucra su derecho real de habitación y acceso a una vivienda digna (art. 659, Código Civil y Comercial; art. 27, Convención sobre los Derechos del Niño). Es que, tratándose de cuestiones familiares, el derecho real de habitación de los hijos menores se prioriza por encima de cualquier consideración referida a las disputas patrimoniales que pudieran suscitarse entre los padres. Así, frente al desalojo que persigue el actor y el derecho sobre la vivienda habitada por los menores, se tutela este último. Ello así, por cuanto el pretendido lanzamiento de la madre demandada conllevaría a su vez el de sus hijos de 9 y 7 años de edad, quienes conviven con ella en el inmueble en cuestión, los que son a su vez acreedores alimentarios de su padre demandante, y ante esa tensión entre la autonomía de voluntad y el orden público, debe ponderarse el derecho humano y constitucional de los niños a contar con una vivienda acorde a sus necesidades. Por último, se insta a los padres a buscar una solución habitacional adecuada para sus hijos, ya que pesa sobre ellos el deber primordial de garantizar y proveer a sus hijos menores de un hogar para residir.
S., F. C. vs. Z., M. J. s. Ejecución de sentencia - Recurso de Inconstitucionalidad /// STJ, Jujuy; 13/08/2018
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