SCBA LP Rc 123596 I 29/06/2020 Carátula: Olivo, Javier Jesús c/ Modolo, Cariña Alejandra s/ Acción de restitución Magistrados Votantes: Kogan-Genoud-Pettigiani-Torres
Uniones convivenciales - Competencia |
Es competente para resolver en el proceso de restitución y entrega de bienes, transferencia y daños y perjuicios entre quienes fueron convivientes, el juez de familia que corresponde al último domicilio convivencial (artículos 509 a 528 y 718 del C.C. y C.). Para ello se ha considrado ciertas pautas como: el reconocimiento expresoy de acuerdo de las partes -en otro proceso-del último domicilio de convivencia, asimismo la regulación de estas relaciones en el nuevo Código Civil y Comercial comprendidas en las relaciones de familia, por lo cual le resultan aplicables los mismos principios que rigen aquellas, y especialmente que ha quedado acreditado que el tema patrimonial es inescindible de esa unión convivencial y por lo tanto, las decisiones que se tomen posiblementen repercutan en otros procesos derivados de la misma, de allí que sea necesario que un solo y mismo juez resuelva estas problemáticas.
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