Ir al contenido principal

SOLICITA LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN DE COMUNIDAD DE GANANCIAS. ATRIBUCIÓN PREFERENCIAL

 Señor Juez: .............................., D.N.I. Nº ......................., de 49 años de edad, divorciado, por derecho propio, con domicilio real en calle ......................, Nº ...., y ya constituido a los efectos procesales en calle ................., Nº ...., ambos de esta Ciudad de Corrientes, en estos autos caratulados "................................................. — DIVORCIO" (Expte. Nº ..................), ante V.S. comparezco y respetuosamente expone: 1. OBJETO. Que vengo a solicitar la liquidación de la comunidad de ganancias perteneciente al matrimonio que el compareciente tenía con la Sra. ...................., con domicilio real actual en calle ...................... Nº ....., de esta ciudad, la que ha quedado disuelta a partir del día 20 de mayo de 2016, conforme la sentencia de divorcio recaída en estos obrados con fecha 15 de agosto de 2016 (fs. 35/36). 2. ANTECEDENTES Que como consecuencia de la sentencia de divorcio vincular antes referida, el régimen patrimonial de comunidad de ganancias existente entre los cónyuges ha quedado disuelto a partir del día 20 de mayo de 2016. No obstante las reiteradas tratativas extrajudiciales, hasta la fecha no he podido acordar con mi ex cónyuge la liquidación y consecuente adjudicación de los bienes que componían dicha comunidad. Atento a ello, es que ocurro por ante V.S. a peticionar se lleven adelante por esta vía los trámites pertinentes a los fines de la liquidación judicial de la comunidad de ganancias con la Sra. ......................... 3. DENUNCIA DE BIENES A sus efectos dejo denunciado que la comunidad estaba integrada por los siguientes bienes: a) Inmueble: sito en calle ....................... Nº ......., de esta ciudad, inscripto en Registro General de Propiedad en la Matricula ..........., que fuera la sede de la vivienda familiar y donde actualmente resido. b) Muebles: el ajuar conyugal y familiar existente en dicho inmueble, consistente en los muebles y artefactos indispensables de una vivienda familiar, cuyo detalle omito por ser perfectamente conocido por la Sra. .........................., y haberme manifestado extrajudicialmente que no desea nada de ello. 4. ATRIBUCIÓN PREFERENCIAL Conforme ya lo referenciara, el inmueble sito en calle ............... Nº ....., de esta ciudad, que fuera la sede de la vivienda familiar, en la actualidad constituye el lugar donde habito y en el cual he permanecido luego del retiro intempestivo de la Sra. ......................., que implicó el quiebre de nuestra convivencia y el ulterior pedido de divorcio bilateral. Además, la Sra. .................., desde el aludido cese de la convivencia, se encuentra domiciliada en calle .......................... Nº ........, de esta ciudad, donde convive con el Sr. .........................., con el cual según sus propios dichos contraerá próximamente un nuevo matrimonio. En consecuencia, y dado que el referido inmueble que fuera la sede de la vivienda familiar ha continuado ocupado por mi parte desde el tiempo de la extinción de la comunidad, y en virtud de lo dispuesto por el art. 499 CCyC, peticiono expresamente a V.S. su atribución preferencial, ofreciendo abonar la diferencia en dinero en efectivo —en lo que exceda al 50% que me corresponde sobre el mismo— a la Sra. ......................., a cuyo fin solicito se me acuerde un plazo de un (1 ) año a esos efectos, luego de cumplidos los respectivos trámites de ley relativos a la valuación del bien. 5. OFRECE PRUEBA 5.1. DOCUMENTAL Se acompaña a la presente la siguiente documentación: 5.1. Fotocopia de la escritura de inmueble inscripto en la Matrícula ..................., en original y copia, solicitando que previa compulsa se agregue la segunda y se me restituya la primera. 5.2. Cedulón de la Dirección de Rentas de la Provincia correspondiente al impuesto inmobiliario del año 2015 del referido inmueble, de donde surge su valuación fiscal y base imponible. 5.3. Dos Tasaciones efectuadas por las Inmobiliarias "....................." y "..............................", en relación al inmueble que fuera sede de la vivienda familiar. 5.2. RECONOCIMIENTO DE FIRMA Para el supuesto que la Sra. ......................... impugnara las tasaciones inmobiliarias que se adjuntan, solicito se designe día y hora de audiencia a los fines del reconocimiento de las firmas insertas en ambas tasaciones por parte de los representantes respectivos. A esos efectos dejo denunciado como domicilio de la inmobiliaria ".........................." el sito en calle .......................... Nº ...., y de la inmobiliaria "............." el sito en calle .................... Nº ..., ambos de esta ciudad. 5.3. PERICIAL Igualmente, en subsidio, solicito se designe día y hora de audiencia a los fines del sorteo de un Perito Tasador del listado oficial, a los fines que determine el valor de mercado del inmueble inscripto en la Matrícula ................... Dejo ofrecido como perito de control de mi parte al Ingeniero ........................, con domicilio en calle ............. Nº ....., de esta ciudad. 6. PETITUM Por lo expuesto de V.S. pido: 6.1. Tenga por promovida la liquidación del régimen patrimonial de comunidad, e imprima a la misma el trámite de ley, poniendo en conocimiento de la contraria la denuncia de bienes efectuada y la atribución preferencial requerida; 6.2. Tenga por acompañada la documental que se expresa; 6.3. En su caso, provea conforme a derecho la restante prueba ofrecida, y tenga por propuesto al perito de control de mi parte; 6.4. Previo los trámites de ley, haga lugar a la liquidación del régimen de comunidad de ganancias, y a la atribución preferencial de la vivienda de que se trata, otorgando el plazo solicitado a los fines de la entrega del dinero en efectivo correspondiente a su parte de gananciales a la Sra. ............................. SERÁ JUSTICIA Firma El peticionante El letrado

Comentarios

Entradas populares de este blog

Alimentos - Juicio de alimentos - Suspensión de términos - Improcedencia - Violencia familiar

  Alimentos - Juicio de alimentos - Suspensión de términos - Improcedencia - Violencia familiar En el marco de un proceso por alimentos a favor de la hija menor de edad de las partes, en el que se ha suspendido el trámite ante la vigencia de una medida de protección contra la violencia familiar, se hace lugar al recurso de apelación entablado por la progenitora contra tal decisión de suspensión y, en su lugar, se ordena seguir el juicio de alimentos según su estado. Ello, atento a que debe garantizarse el superior interés de la niña, pues se estima improcedente la suspensión de juicio iniciado con finalidad de la determinación de alimentos para la misma, a las resultas de la causa sobre protección contra la violencia familiar existente entre los progenitores de la niña. En efecto, no puede soslayarse que a la situación de vulnerabilidad generada por los hechos denunciados en el marco del procedimiento sobre violencia familiar, no debe anexársele la vulnerabilidad del sustento econó...

L., E. M. vs. M., H. A. s. Liquidación de sociedad conyugal /// CNCiv. Sala M; 23/02/2016

  Recompensas entre cónyuges El sistema de las recompensas, regulado a partir de los arts. 461 y ss., Código Civil y Comercial, ha seguido la jurisprudencia vigente y, en algún caso, ha dado solución legal a debates doctrinarios relativos a la interpretación del régimen anterior. Las recompensas serán debidas entre los cónyuges al liquidarse la sociedad conyugal, siempre que se den los supuestos de que: a) la comunidad haya acrecido o se haya beneficiado con valores en su origen propios de cualquiera de los cónyuges, o b) el patrimonio de uno de los cónyuges haya acrecido o se haya beneficiado con valores gananciales. También el art. 491, Código Civil y Comercial, en sus párrafos segundo y tercero detalla dos supuestos típicos de recompensas, prescribiendo en el segundo párrafo que ante la venta de un bien propio sin reinversión del precio, se presumirá que la suma recibida por dicho concepto ha sido gastada en beneficio de la comunidad, salvo prueba en contrario. Y el tercero cont...

Cuidado personal - Responsabilidad parental - Deberes y derechos de los progenitores - Costas

  Cuidado personal - Responsabilidad parental - Deberes y derechos de los progenitores - Costas Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la accionada contra la decisión de la a quo que impuso las costas en el orden causado con fundamento en que "ambas partes se esforzaron en afianzar su postura en pos de lograr el cuidado personal del hijo". Tratándose de cuestiones de derecho de familia no patrimoniales, con excepción del divorcio y los reclamos alimentarios, se ha dicho que no corresponde imponer las costas con fundamento en el principio de la derrota, pues la intervención del juez es una carga común necesaria ante el comprensible disenso de los responsables involucrados. La aplicación rígida del principio de la derrota es particularmente inconveniente en los casos en que está en juego el cuidado personal de los hijos, pues es lógico que ambos progenitores procuren ejercer esa función y en definitiva, al decidirse la cuestión, se atiende a lo que mejor convenga a ...